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En la acción titulada In re JUUL Labs, Inc. Marketing, Sales Practices, and Products Liability Litigation, n.° 19-md-02913-WHO (N.D. Cal.), existe una demanda colectiva y una conciliación que podría afectar a sus derechos.

La Demanda alega que los Demandantes pagaron más por los productos de JUUL de lo que habrían pagado si se hubiera proporcionado información precisa sobre la adicción y la seguridad de los productos. La Demanda también alega que los productos de JUUL se comercializaron ilegalmente a menores. Los Demandados rechazan estas alegaciones y afirman que no violaron ninguna ley.

El Tribunal no ha decidido si algún Demandado violó alguna ley. Este sitio web no es una opinión del Tribunal sobre si los Demandantes o los Demandados tienen razón.

Otra parte de este caso se resolvió a principios de este año. Los Miembros del Grupo de Demandantes correspondientes deben tomar decisiones sobre esta segunda y nueva Conciliación que resuelve el resto del caso judicial.

  • Los Miembros del Grupo de Demandantes correspondientes deben presentar una reclamación para obtener dinero de esta Conciliación.
  • Los Miembros del Grupo de Demandantes correspondientes solo tienen que presentar una reclamación para recibir el pago de las dos Conciliaciones en este caso. Si ya envió una reclamación para la primera Conciliación, no necesita enviar nada más para recibir el pago de la nueva Conciliación.
  • Si no hace nada, seguirá estando obligado por el Acuerdo y la Demanda, y sus derechos se verán afectados.
  • Si desea excluirse, debe hacerlo antes del 5 de febrero de 2024. Si desea objetar, debe hacerlo antes del 6 de febrero de 2024.


Sus opciones y derechos legales
Derecho legal Descripción
Presentar una reclamación para recibir un pago de la Conciliación

Para recibir un pago de la Conciliación de Altria, usted debe presentar una reclamación. Solo tiene que presentar una reclamación para recibir el pago de las conciliaciones en la Demanda. Si usted ya envió una reclamación para la primera conciliación, NO necesita enviar nada más para recibir el pago de la nueva conciliación. Si usted no ha enviado previamente una reclamación, puede hacerlo en este sitio web aquí o enviar un formulario de reclamación por correo postal. Si usted compró directamente en el sitio web de JUUL y no ha presentado una reclamación anteriormente, debería recibir un correo electrónico o una tarjeta postal que indique el importe de la compra registrado a su favor, que incluya un código de reclamación específico para usted. Puede devolver la tarjeta postal por correo o realizar una reclamación en línea aquí.

La fecha límite para presentar una reclamación es el 5 de febrero de 2024 (la fecha límite ya ha pasado).

No hacer nada

Si no hace nada, usted permanecerá en el Grupo de Demandantes y estará obligado por la Conciliación. Si no presentó una reclamación antes y no la presenta ahora, no recibirá dinero de la Conciliación.

Permanecer en el Grupo de Demandantes o en las Demandas Colectivas en los Tribunales no le impide presentar cualquier reclamación por lesiones personales que pueda tener. Lea las Preguntas frecuentes para obtener más detalles sobre los tipos de reclamaciones cubiertas por la Demanda.

Excluirse de la Conciliación

Puede excluirse del Grupo de Demandantes (también conocido como optar por no participar) si desea demandar a Altria por reclamaciones similares a este caso. Si anteriormente usted optó por la exclusión de la primera conciliación y también desea excluirse de esta nueva conciliación, debe enviar un nuevo formulario de exclusión.

Si opta por excluirse del Grupo de Demandantes, usted conservará su derecho a demandar a Altria, pero no será elegible para recibir dinero de la Conciliación de Altria (aunque aún puede recuperar dinero de la Conciliación de JUUL si presentó una reclamación).

Si está considerando presentar una reclamación por separado contra Altria, usted debe consultar a su propio abogado quien puede asesorarle sobre las fechas límites para presentar su reclamación.

La fecha límite para excluirse es el 5 de febrero de 2024 (la fecha límite ya ha pasado).

Optar por volver a la Conciliación

Si optó por excluirse de la Conciliación de JUUL en este caso, usted tiene la oportunidad de optar por volver a participar ahora que el resto de la demanda se ha resuelto. Si desea optar por volver a participar en la Conciliación de JUUL, debe notificarlo al Administrador de la Conciliación por escrito utilizando la información de contacto aquí.

Objetar la Conciliación

Si es miembro del Grupo de Demandantes y no se excluye de la Conciliación de Altria, usted puede objetar la Conciliación de Altria si no le gusta alguna parte de esta.

Puede encontrar más detalles sobre cómo objetar la Conciliación de Altria aquí.


Sus opciones y derechos se explican en la página de Preguntas frecuentes, junto con los pasos que debe seguir si desea excluirse de alguno o todos los Grupos.